El convenio también afirma –con razón– que a la cesión de datos que se realice entre dependencias de los órganos del Estado en forma directa y en cumplimiento de sus específicas competencias no requiere del consentimiento previo del titular de los mismos.
Los datos a ceder en ningún caso son del tipo “datos sensibles” ya que el convenio establece que los datos que serán cedidos y por el plazo de 2 años serán: nombre y apellido, DNI, domicilio, estado civil, correo electrónico, CUIL, fecha de nacimiento, número de teléfono y estudios. Ninguno de estos datos encuadra en el concepto de “dato sensible” de la Ley 25.326, que son aquellos que revelan: el origen racial y étnico, opiniones políticas, convicciones religiosas, filosóficas o morales, afiliación sindical e información referente a la salud o a la vida sexual.
Sin dudas, este episodio de la cesión de datos que posee la Anses a la Secretaría de Comunicación Pública es la carta de presentación del novedoso concepto –para muchos desconocido– del “big data”, es decir los volúmenes de información que poseen ciertos organismos públicos, como las organizaciones del sector privado, calificados como un activo intangible muy valioso, que integra el patrimonio y que está compuesto por información general, datos sensibles en algunos casos, los archivos, documentos y comunicaciones electrónicas que crecen de manera exponencial en cantidad y calidad y que requieren de técnicas de procesamiento y análisis particulares. Y el marco legal referido a base de datos, las normas ISO en materia de políticas de seguridad de la información y el art. 43 de la Constitución Nacional referido a los datos personales y el hábeas data estaban, y seguirán estando, porque “la base está”.
Fecha: 31/7/2016
Fuente: http://www.perfil.com/columnistas/La-base-esta-20160731-0019.html
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